Definición
de la mediación en asuntos civiles y mercantiles
La mediación es, en
muchos sentidos, muy novedosa en España, es una alternativa al derecho a
acceder a los Tribunales de Justicia
En la actualidad,
existe una gran cantidad de casos en tramitación en los distintos Juzgados,
siendo imposible tramitarlos todos a la vez, con el consiguiente retraso que
eso genera y toda la problemática que conlleva.
La mediación es un
proceso por el cual una persona independiente e imparcial ayuda a las partes
involucradas a resolver sus diferencias sin necesidad de acudir al juzgado. Las
personas involucradas tienen un papel activo en la búsqueda de una solución, en
lugar de dejar que sea un juez, u otro tercero él que tome la decisión de
manera unilateral y vinculante.
Las principales
ventajas de utilizar este proceso son varias, siendo las más importante, en
primer lugar el ahorro de tiempo, pues si tenemos que esperar a que un juez vea
el caso pueden llegar a pasar años (en función del asunto que se trate) y por
consiguiente dinero, pues la mediación tiene un coste inferior al devengado por
la realización de un juicio. A lo ya mencionado habría que añadir que la
realización de la intermediación no conlleva la renuncia a acudir a los
tribunales, pues al fin y al cabo se trata de llegar a un acuerdo entre las
partes en conflicto y si este no llega a producirse de manera pacífica, el juez
tomara la decisión por ambos.
Dentro de la mediación
podríamos hablar de varias ramas (como la mediación civil y mercantil,
mediación familiar, etc.) nosotros nos dedicamos a la rama de la mediación
civil y mercantil, en los que se tratan temas como por ejemplo:
-
Ámbito mercantil e hipotecario.
-
Cumplimientos de contratos.
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Relaciones de arrendamientos de locales de negocio.
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Responsabilidad civil.
-
Relaciones entre clientes y proveedores.
-
Impagos
-
En definitiva, prácticamente a todas las relaciones de negocios entre personas
y empresas.
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duden en ponerse en contacto con nosotros.